jueves, 19 de febrero de 2009

Voto de Uruguayos en el Exterior


A continuación remitimos el texto que se ha propuesto para someter a referendum conjuntamente con las elecciones Nacionales del 2009, y que tiene que ver con el Voto de los Uruguayos Residentes en el Exterior desde el país de residencia. ( Téngase en cuenta que este texto está en debate y puede ser cambiado con el correr de los meses, pero aparentemente este es el texto inicialmente propuesto para agregar a la Constitución Nacional y que posibilite este derecho tan anhelado por todos en el Departamento 20).
Agradecemos al Cónsul General Carlos Castells por enviarnos este valioso material.

TEXTO PARA VOTO EN EL EXTERIOR * * *

"Agréguese al Articulo 77 de la Constitución el siguiente numeral:

* *13º.- Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren. A tales efectos la Corte Electoral reglamentara el envío de las hojas de votación a los ciudadanos inscriptos, al domicilio donde residan. Adoptará asimismo los criterios de seguridad necesarios para garantizar la autenticidad del voto.

* *Este derecho podrá ejercerse, indefectiblemente, a partir de las elecciones de 2014"*

Fuente: Consulado de Córdoba Argentina.